miércoles, 9 de febrero de 2011

Noticias... Lo que queda del derecho natural

Hacemos eco de una noticia relacionada con el ejercicio de los derechos sexuales.

POLÉMICA: LA UNIÓN CIVIL GAY EN DEBATE
Lo que queda del derecho natural
Por: Juan F Monroy Abogado

Miércoles 2 de Febrero del 2011

Refiriéndose a la unión civil gay, el cardenal Juan Luis Cipriani ha dicho que “va contra el derecho natural”. La frase es impactante por quien la dice, pero escasamente sólida y carente de fundamento, como pasamos a demostrarlo.

El derecho natural, llamado también Iusnaturalismo, constituye la tradición más duradera del pensamiento jurídico. De Sócrates a Grocio –pasando por Santo Tomás de Aquino y Hobbes, entre muchos otros– hay veinte siglos de pensamiento jurídico iusnaturalista. En estricto, el derecho natural no es una teoría sino una familia de teorías que se pueden agrupar en dos ideas centrales.

La primera es que encima de los derechos de cada Estado hay un derecho supremo llamado natural, pero no por su composición física, sino porque su naturaleza es trascendente. Para algunas teorías, esa naturaleza es “divina” y para otras “metafísica”. Para el derecho natural, sus principios son: categóricos (por eso indiscutibles), cognoscibles (los podemos aprender), universales (para cualquier lugar) e inmutables (para cualquier tiempo).

La segunda idea es que el derecho de los estados –llamado positivo y formado por normas que genéricamente llamamos leyes– solo tiene tal calidad si es conforme con los principios del derecho natural. En caso contrario, simple y llanamente no es derecho.

Un mérito de la Ilustración fue separar los sistemas de creencias de los de conocimientos, digamos que separó la fe de la esperanza. Las ciencias por ejemplo –y el Derecho lo es– empezaron a usar el método empírico para incorporar sus datos (observación de hechos, hipótesis, comprobación, teoría). Esto determinó que a partir del siglo XIX el derecho natural sufriera una profunda crisis de la que no se recuperó jamás.

Hoy se considera al Derecho un fenómeno cultural construido con el fin de perfeccionar un subsistema que regule las conductas de los miembros de una sociedad (sistema), buscando su cohesión. Con logros y frustraciones, quizá más de las últimas, esto es el Derecho. Hoy el legislador puede cometer un terrible error: promulgar una ley sin haber investigado la realidad donde se aplicará; sin embargo, nadie pensará que tal defecto se debió a que no advirtió un principio jurídico, inmutable y universal, que habita en el cielo platónico (topos uranus).

Sostener que una “ley natural” tiene origen divino debe ser la afirmación más sobrenatural que se pueda expresar. Por eso si bien el derecho natural es parte esencial del desarrollo histórico del Derecho, cuenta muy poco para enfrentar los problemas jurídicos de la sociedad contemporánea. Esta afirmación no desconoce, en absoluto, la necesidad que tiene el Derecho de que sus investigaciones tengan fundamento ético –no solo una ética descriptiva sino también normativa– pero sin dogmas, porque dejaría de ser ciencia.

La palabra derecho es ambigua, vaga y posee una carga emotiva favorable e intensa, igual que el término democracia. Por eso el generalísimo Franco llamó a su tiranía “democracia orgánica” y el soviet supremo llamó “democracia real” a las dictaduras que impuso a sangre y fuego detrás de la cortina de hierro. Estas son definiciones persuasivas, porque quien las expresa altera el contenido reconocido del concepto a fin de beneficiarse con su efecto emotivo.

Decirle a alguien que “no está a derecho” o que “no tiene derecho” es imputarle un comportamiento marginal, ilícito, irregular, hasta inmoral. Al sustentar en el derecho natural su posición sobre la unión civil gay, el cardenal Cipriani ha querido convencer a su grey que esta unión es marginal, irregular, ilícita e inmoral. Entonces, ha hecho un uso persuasivo del lenguaje que urge ser desvelado.

El derecho natural carece de base científica para fundamentar jurídicamente una afirmación como la expresada o cualquiera otra. Se puede estar en desacuerdo con la unión gay desde una fe religiosa, eso es inobjetable porque, al no ser verdaderos ni falsos, los dogmas no se discuten. Pero no desde el Derecho, porque este, como las otras ciencias, se ha convertido en los últimos dos siglos en el cementerio de muchos dogmas. Por eso no descarta –a priori y sin sustento científico– el análisis y eventual reconocimiento jurídico de ninguna institución social.

Fuente: El Comercio

viernes, 4 de febrero de 2011

JORNADA DE SALUD MUJER
          
PAPANICOLAOU
GRATIS

LUGAR:              PPFF- Maternidad C.S. MATERNO INFANTIL SAN JOSÉ

DIRECCIÓN:           Av. Los Angeles con av. Revolución. Sector 1- Grupo 15

DIA:                       21 de Febrero del 2011

HORA:                     8:30 am - 5:00pm

… TE ESPERAMOS….

viernes, 28 de enero de 2011

Expresión de la sexualidad… ¿Igualdad??? 
Los estudios en profundidad han señalado la importancia de las relaciones de género en la configuración de los comportamientos sexuales. Las normas que señalan una connotación negativa al deseo erótico y el placer sexual en las mujeres dificultan el uso de anticonceptivos entre las adolescentes y jóvenes.
Estas normas sociales presionan a las mujeres hacia una sexualidad que esté dirigida exclusivamente a lograr una unión conyugal. Estos estudios señalan además, que la violencia está presente en la vida sexual de las adolescentes y jóvenes presionándolas, junto con la dependencia económica y la ilegitimidad social de las mujeres solas, hacia relaciones sexuales no siempre deseadas y muchas veces carentes de erotismo y placer para ellas.

Los estereotipos culturales designan dos tipos posibles de mujeres, las que no sienten ni expresan deseos y/o actividad sexual, respondiendo únicamente a los requerimientos masculinos para casarse o para procrear, y las mujeres sexualmente activas, que sienten y expresan deseos propios. Para las primeras, el uso de anticonceptivos cuando son solteras o cuando no han tenido hijos, o el uso del condón a cualquier edad y en cualquier estado conyugal, las pone en riesgo de ser confundidas con el segundo tipo de mujeres, y quedarse solteras o ser abandonadas.
El temor de ser identificadas con el segundo tipo de mujeres se relaciona con el estigma y la vulnerabilidad social que representa ser una mujer sin esposo. Aunque estas representaciones culturales varían según los grupos sociales de pertenencia y las etapas en la trayectoria de vida, están presentes en contextos muy diversos.

El mismo tipo de construcciones culturales presiona a los varones a no confiar y no unirse a jóvenes que usan anticonceptivos o a mujeres de cualquier edad que aceptan o requieren el uso del condón. Y a la inversa, los presiona a unirse y comprometerse con las jóvenes que son señoritas en el momento de iniciar una relación sexual. Una demostración de la pureza de las jóvenes es la ausencia de deseos eróticos, expresada a través de la imprevisión, el desconocimiento de la sexualidad y el embarazo. De esta manera, la virginidad, y en general el acceso sexual al cuerpo de una joven se transforman en valores de cambio, que ellas entregan a cambio de recibir: una compensación económica, una promesa de unión, de sustento o de afecto.
El uso de anticonceptivos, y peor aún, el uso del condón, rompe con esos códigos, en tanto representan a una joven que desea la relación sexual en sí misma, en lugar de ofrecer su cuerpo a los deseos de otro, quien debe compensar esa entrega. A pesar de las variaciones según grupos sociales, incluso los varones jóvenes, urbanos y de clase media expresan recelo frente al uso del condón y lo identifican con las mujeres poco confiables.
Al mismo tiempo, la construcción cultural de la masculinidad presiona a los jóvenes varones hacia una diversidad de prácticas y de parejas sexuales, esto genera en ellos una falsa idea de “superioridad o poder” frente a sus pares, motivándolos o presionándolos hacia prácticas de riesgo para la transmisión de ITS y VIH/SIDA, dificultando así, el empleo de medidas preventivas. Es importante tener en cuenta todas estas circunstancias del entorno de l@s adolescentes y jóvenes, para poder determinar su nivel de riesgo frente a estas prácticas y/o comportamientos; y así darles una mejor orientación para prevenirlas.